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El exsecretario de Ambiente Raúl Costa, otra vez a juicio

Enfrentará un nuevo proceso judicial por abuso de autoridad, tras autorizar en 2010 un loteo en Candonga, pese a que se trataba de una zona roja con máxima protección ambiental. En 2023 fue condenado por hechos similares en San Antonio de Arredondo.

Foto: Gentileza Juan Castro / La Tinta

 

Catorce años tuvieron que esperar los vecinos autoconvocados para que la Justicia detuviera la construcción de un barrio cerrado en Candonga, en el Valle de Punilla, en las Sierras Chicas de Córdoba. El loteo había sido autorizado en octubre de 2010 por el entonces secretario de Ambiente de la Provincia, Raúl Costa, en una zona categorizada como “Roja” o de máxima protección en la legislación ambiental vigente en Córdoba. 

Exactamente dos meses antes, el 5 de octubre de 2010, había sido sancionada la Ley 9.814 de Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos de Córdoba con el objetivo de promover la conservación, restauración y manejo sostenible del patrimonio forestal, prohibiendo el desmonte en zonas protegidas y regulando el cambio de suelo. La norma se creó en el marco de la Ley Nacional 26.331 de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de los Bosques Nativos, que regula su resguardo, enriquecimiento y uso sustentable para frenar la deforestación creciente y la disminución de su superficie, a la vez que obliga a las provincias a realizar un Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos para zonificar el uso del suelo y proteger los ecosistemas.

En base a dicho ordenamiento, la normativa provincial categoriza las zonas de bosques nativos para definir qué actividades están permitidas en cada sector: Rojo (muy alto valor de conservación, prohibido desmontar o transformar), Amarillo (mediano valor, prohíbe el desmonte, uso sostenible) y Verde (bajo valor, posible cambio de uso del suelo).

A pesar de la -por entonces- muy flamante Ley 9.814, la Resolución 1.200, dictada el 5 de octubre de 2010 por la Secretaría de Ambiente de Córdoba, autorizó a la empresa Ticupil S.A. a llevar adelante un emprendimiento inmobiliario en Candonga. El proyecto de loteo de 160 hectáreas se sitúa en la cuenca media alta del Río Chavascate, donde nace el agua que abastece a Cerro Azul, El Manzano y Agua de Oro.

Desde entonces, los residentes de esas tres localidades denunciaron la ilegalidad del emprendimiento al situarse en una zona roja de máxima protección ambiental, donde está prohibido cambiar el uso del suelo, y el impacto directo sobre la cuenca del río Chavascate y el ecosistema local. Según manifestaron, es importante proteger el bosque nativo, porque si no está en buen estado de conservación, hay sequías o inundaciones. 

El planteo fue llevado al exjuez de Jesús María, José Sartori, quien consideró que la Resolución 1.200 estaba dentro de la legalidad. Esto derivó en la presentación de un amparo para que se detuviera la construcción del barrio cerrado, al que la Justicia recién hizo lugar en junio de 2024, determinando la nulidad de dicha Resolución por ilegalidad manifiesta.

Además del amparo, los vecinos presentaron una denuncia penal contra Costa, patrocinados por el abogado Juan Smith. El juez Pablo Agustín Cafferata avaló la acusación presentada en noviembre de 2025 por la Fiscalía Anticorrupción Nº 1 a cargo de Matías Bornancini, quien pidió juicio oral y público para Costa, acusándolo de abuso de autoridad al contribuir al avance de obras con una autorización violatoria de las prohibiciones, por estar en zona roja, según la Ley de Protección Ambiental, sin posibilidad de intervención en el ecosistema.

Finalmente, días atrás Cafferata confirmó el requerimiento de Bornancini para que se cite al exsecretario de Ambiente para ser juzgado por una cámara del crimen que debe ser sorteada.

Esta será la segunda vez que Costa enfrenta un juicio por dictar resoluciones contrarias a normas provinciales y nacionales de protección ambiental. En mayo de 2023 fue condenado por dos hechos de abuso de autoridad, uno por autorizar una urbanización en la zona de San Antonio de Arredondo, al Sur de Punilla, donde existía un bosque nativo protegido por ley. Y otro por autorizar el aviso de proyecto presentado por la Empresa Provincial de Energía (EPEC), en 2009, para construir una estación transformadora en San Antonio, y edificar el campo de salida de la estación transformadora Falda del Cañete, sin cumplir con la evaluación de impacto ambiental. La condena fue de tres años de prisión de ejecución condicional, seis de inhabilitación absoluta para ejercer cargos públicos y la realización de tareas comunitarias.

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